La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal de Argentina confirmó este martes el aumento de los embargos en el caso BNP Paribas por un total de 303.000 millones de pesos, casi 200 millones de dólares. El tribunal rechazó los recursos de las defensas contra la actualización de los embargos a exdirectivos, ejecutivos y empleados del banco. El expediente está en etapa de juicio y no hay condenas. El tema también toca al sector asegurador, que debe prevenir el lavado de activos.Prof Seguros: se conoció la orden de liquidación forzosa tras 146 pedidos de quiebra.
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Qué resolvió Casación en el caso BNP Paribas
La Sala IV, integrada por Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, convalidó por unanimidad lo que había resuelto el Tribunal Oral Federal 6 el 29 de mayo, cuando a pedido de la fiscalía, el Banco Central y la UIF actualizó por inflación los montos fijados en 2019. El argumento fue que la inflación no puede vaciar de contenido una medida pensada para garantizar las consecuencias económicas de una eventual condena. examediaexamedia
Según la resolución, dos imputados quedaron con embargos de $31.233 millones cada uno, otros dos con $24.987 millones y el resto, alrededor de $18.740 millones. Los jueces entendieron que la suba responde a la depreciación de la moneda desde noviembre de 2019 y no cambia los criterios de cálculo. También rechazaron los planteos de cosa juzgada, proporcionalidad, presunción de inocencia y plazo razonable. Los embargos son medidas cautelares y no constituyen una condena.
Cómo empezó el caso
La causa se originó en una denuncia del Banco Central en 2009. En el caso BNP Paribas, se investiga si, entre 2000 y 2008, una oficina de banca privada en Buenos Aires que operaba al margen de los organismos de control captó y administró fondos no declarados mediante sociedades en el exterior y cuentas en distintos centros financieros. El Ministerio Público estimó que el circuito habría movilizado más de 1.000 millones de dólares. intermediario de seguros
Los primeros embargos se dictaron en 2016, tras los procesamientos. En 2019 Casación fijó los criterios de cálculo, con una base de 33.295.570 dólares y el valor histórico de 3,47 pesos por dólar. En 2023 revocó un acuerdo de reparación integral que había homologado el TOF 6. Hoy el juicio oral todavía no tiene fecha.
Qué significa para las aseguradoras
El expediente apunta a un banco, no al sector asegurador. Aun así, las aseguradoras y la Superintendencia de Seguros son sujetos obligados ante la UIF según la Ley 25.246, y los seguros de vida y retiro figuran entre los de mayor exposición. Desde el 1 de septiembre de 2023 rige la Resolución UIF 126/2023, que limita como sujetos obligados a los intermediarios que venden seguros de vida con ahorro y de retiro.
La norma exige un sistema de prevención con cuatro pilares: riesgo, cumplimiento, debida diligencia del cliente y monitoreo con reporte de operaciones sospechosas. Para el asegurado, el control se nota al contratar: más datos y documentación en las pólizas de ahorro, retiro o bienes de alto valor. [Mercado Pago y Chubb lanzaron en México un seguro de comercio para pymes desde 55 pesos]
La información surge de la publicación del abogado y periodista judicial Gabriel Iezzi.




