El Gobierno de España creó la autoridad para la recuperación y resolución de aseguradoras inviables

El Gobierno español creó la autoridad para la recuperación y resolución de aseguradoras inviables tras aprobar un anteproyecto de ley en el Consejo de Ministros. La norma definió nuevos mecanismos para gestionar crisis en el sector y proteger a los asegurados.

El nuevo marco legal estableció que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones asumiera la responsabilidad exclusiva en los procesos de recuperación y resolución de aseguradoras inviables. La medida apuntó a reforzar la estabilidad del sistema y reducir el impacto de eventuales quiebras.

Además, la normativa fijó criterios claros para determinar qué entidades quedarán sujetas a planes específicos de resolución. Entre ellas, se incluyeron las compañías que representen al menos el 40 % del mercado nacional o cuya situación sea considerada de interés público.

La autoridad de resolución de aseguradoras inviables y su nuevo rol

En ese marco, la Dirección General deberá elaborar planes de resolución para las aseguradoras de mayor tamaño. También intervendrá cuando la caída de una entidad pueda afectar servicios esenciales o la estabilidad financiera.

Por su parte, el Ministerio de Economía quedó facultado para activar formalmente los procedimientos de resolución y seleccionar los instrumentos a aplicar. La ejecución de las medidas recaerá en la autoridad de resolución, bajo una separación funcional de las tareas de supervisión.

Financiación y prevención de crisis en el sistema asegurador

El texto legal introdujo un modelo de financiación mixto. Por un lado, contempló un esquema ex ante, basado en el fondo de liquidación del Consorcio de Compensación de Seguros, destinado a proteger a asegurados y beneficiarios.

Sin embargo, también previó un mecanismo ex post, activado si fuera necesario mediante aportes posteriores de las propias aseguradoras. Estos recursos servirán para compensar a accionistas y acreedores que queden en peor situación que en una liquidación ordinaria.

En ese sentido, la Dirección General de Seguros deberá identificar a las entidades obligadas a presentar planes preventivos de recuperación. Esta exigencia alcanzará a empresas que concentren al menos el 60 % del mercado, tanto en seguros de vida como generales.

Finalmente, la resolución solo se aplicará cuando la aseguradora sea declarada inviable o probablemente inviable, no existan alternativas de recuperación y la intervención resulte imprescindible para el interés público. El objetivo central fue proteger a los asegurados y evitar el uso de fondos públicos extraordinarios.

Con información de: infobae

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